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España: factura electrónica entre empresarios

Envío de la factura a la solución pública de la AEAT y comunicación de su cobro, obligatorio desde el 6 de octubre de 2027 para quien factura más de 8 millones de euros. Construido; espera la especificación técnica de la AEAT.

Disponibilidad
Próximamente
Producto
Cord Invoicing
Alcance
España

La obligación y su calendario

La Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, obliga a los empresarios y profesionales de España a emitir, remitir y recibir factura electrónica entre ellos, e informar de su estado de pago. El Real Decreto 238/2026 y la Orden HAC/1028/2026, publicados en el BOE, fijan las fechas:

  • 6 de octubre de 2027: empresarios con un volumen de operaciones superior a 8 millones de euros.
  • 6 de octubre de 2028: el resto.
  • 6 de octubre de 2029: los estados de pago de personas físicas y entidades en atribución de rentas de hasta 8 millones, voluntarios hasta entonces.

Son las fechas de la obligación, no fechas de entrega de Cord.

Qué está construido

  • La factura del Anexo I de la Orden, en UBL, desde el mismo documento congelado que el PDF, con la clave de régimen por línea y el QR de Verifactu cuando lo hay.
  • Estados del emisor: el cobro se deriva de los pagos reales ya conciliados (cobrada, cobro anulado, impagada), sin pagos parciales, que la norma no contempla para el emisor.
  • Una cola que consulta antes de reenviar, con la baja de la factura al anularla y los estados que comunique el cliente.
  • Pantallas honestas: el detalle de la factura y Ajustes muestran las fechas y si la factura ya tiene lo que pide la AEAT.

Qué lo bloquea

La AEAT no ha publicado la especificación técnica del servicio: el WSDL, sus extensiones, las reglas de validación, los ejemplos, el catálogo de errores ni el entorno de pruebas. El riel dice "Próximamente" y no envía nada hasta que Cord pueda probarlo contra lo publicado.

Cómo funciona

  1. La factura a un cliente empresario establecido en España se encola al emitirse.

  2. Cord la envía a la solución pública de la AEAT con el certificado del negocio y, si no hay respuesta, consulta antes de reenviar.

  3. Comunica el cobro o el impago a partir de los pagos conciliados y muestra lo que informe el cliente.

Disponibilidad y alcance

Facturas de emisores en España a clientes empresarios o profesionales establecidos en España, enviadas en nombre propio con el certificado del negocio.

Límites claros

No aplica a clientes extranjeros ni a facturas simplificadas. País Vasco y Navarra dependen de acuerdos con sus Haciendas forales todavía sin publicar, y una factura con IRPF se entrega como Facturae mientras la AEAT no publique cómo declararlo.

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